1- El Régimen de Sinceramiento Fiscal nacional permite exteriorizar el capital no registrado hasta el 31 de marzo de 2017.
2- Pueden acceder personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país al 22 de julio de este año (publicación de la ley).
3- También personas jurídicas, como sociedades y fideicomisos, entre otras, constituidas al 31 de diciembre de 2015.
4- Se pueden exteriorizar bienes existentes en el país o el exterior, como tenencia y depósito de moneda nacional o extranjera.
5- Además, bienes muebles e inmuebles, acciones y participaciones en sociedades y empresas, entre otros.
6- A través del sitio oficial www.afip.gob.ar, se puede acceder a información sobre el régimen e interactuar con simuladores.